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El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) multó hoy a Telefónica del Perú con 120 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 420 mil nuevos soles, por infracciones graves al Reglamento del Sistema de Preselección del Concesionario del Servicio Portador de Larga Distancia.
Dicha multa es aplicada por el regulador tras haber declarado infundado el recurso de apelación presentado por la empresa.
Según la Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del Osiptel, el límite mínimo impuesto como multa para una infracción grave es de 51 UIT, equivalente a 178,500 soles mientras que el límite máximo es de 150 UIT, equivalente a 525 mil soles.
El 20 de setiembre del año pasado Osiptel multó con 120 UIT a Telefónica del Perú por la comisión de infracciones graves al reglamento de preselección.
Esto debido al incumplimiento de un artículo del Reglamento de Preselección que señala que los concesionarios locales solo podrán encaminar las llamadas de larga distancia hacia la red del concesionario de larga distancia que el usuario ha seleccionado previamente.
Al respecto, el 21 de noviembre del 2007, Telefónica presentó un recurso de reconsideración cuestionando dicho incumplimiento así como la medida correctiva impuesta en el 2005 por el ente regulador.
El 11 de agosto del 2005, Osiptel impuso una medida correctiva a Telefónica solicitando que la empresa implemente en sus sistemas un mecanismo que le permita asegurarse que la programación en sus centrales haya sido debidamente ejecutada, previendo el correcto encaminamiento de las llamadas que realicen los usuarios.
“Con esta resolución, Osiptel señala que se agota la vía administrativa para dicha sanción, no procediendo ningún recurso en esta vía”, detalla el dispositivo.
Via Andina
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